Es importante que los contribuyentes detecten a los contribuyentes que se encuentran en la lista negra del SAT, correspondiente a los EFOS, para evitar cualquier operación mercantil o comercial con ellos. 

¿Qué significa EFOS?


Empresas que Facturan Operaciones Simuladas (EFOS).


Los EFOS son personas físicas o morales que lucran con la emisión de comprobantes fiscales digitales, pues facturan operaciones que en realidad nunca se llevaron a cabo. Es decir, que emiten facturas falsas. 

** Cuando un proveedor esté en el listado de EFOS Definitivos, el portal no permitirá que se agreguen sus CFDI, en caso de que se hayan agregado antes de la validación de EFOS no permitirá enviarlos o pagarlos, es decir, los bloqueara definitivamente.

¿Por qué es importante verificar facturas?

La mayoría de los causantes realizan operaciones con distintos proveedores, sin saber que muchos de ellos podrían no estar cumpliendo con sus obligaciones fiscales.

Diariamente, existen alrededor de 10 mil contribuyentes enlistados como EFOS, más varios miles considerados “presuntos” y otros clasificados como “desvirtuados”. Además, el SAT también publica a quienes hayan resuelto su situación. 

¿Qué son las llamadas listas negras?

Las Listas negras del SAT, son listados donde se relacionan a contribuyentes con irregularidades en su situación fiscal y aquellos que se presume ejecutaron operaciones inexistentes.

Artículo 69 CFF.

Señala en su párrafo décimo segundo que se puede dar a conocer el nombre, denominación o razón social y clave del RFC de Contribuyentes, por lo cual no aplica la reserva de información en estos supuestos:

  • * Contribuyentes con domicilio fiscal no localizados.
  • * Aquellos que cuentan con créditos fiscales firmes.
  • * Los que tienen créditos exigibles, no pagados o garantizados.
  • * A quienes se les haya cancelado créditos fiscales.
  • * Contribuyentes con créditos condonados.
  • * Que haya recaído sobre ellos sentencia condenatoria ejecutoria por la comisión de un delito fiscal.
  • Artículo 69-B.

    Define quienes se presume que realizan operaciones inexistentes amparadas en comprobantes fiscales y son aquellos que no cuentan con los activos, personal, infraestructura o capacidad material, directa o indirectamente, para prestar los servicios o producir, comercializar o entregar los bienes que amparan tales comprobantes, o bien, que dichos contribuyentes se encuentren no localizados.

    **En este caso, el portal de proveedores aceptará las facturas de sus proveedores y el cliente se responsabilizará de la aceptación de las mismas.


  • SIGNIFICADO DE LA CLASIFICACIÓN DE EFOS:

EFOS Previstos.

Cuando la autoridad fiscal detecta que un contribuyente ha estado emitiendo comprobantes sin contar con los activos, personal, infraestructura o capacidad material. Directa o indirectamente como lo establece el artículo 69 B del Código Fiscal de la Federación (CFF) mismos que podrá encontrar en la liga siguiente: 

Notificaciones por estrados SAT.

https://www.sat.gob.mx/consultas/operacion/43671/consulta-las-notificaciones-por-estrados

Con la que entrará en la página que se muestra en la siguiente imagen:

EFOS Presuntos.

Así mismo, la autoridad fiscal emitirá los oficios que contengan la relación de los contribuyentes que presuntamente se ubicaron en los supuestos mencionados en el párrafo anterior. A fin de que sean notificados a través del Portal del SAT y en el Diario Oficial de la Federación.

En estas notificaciones se hacen públicos por primera vez a los EFOS que hasta ese momento se consideran como “Previstos” y pasan a ser “Presuntos” por internet.

Son publicados en la liga siguiente:

https://www.gob.mx/sat/acciones-y-programas/notificacion-a-contribuyentes-con-operaciones-presuntamente-inexistentes-y-listados-definitivos-131644



Al entrar en la liga de EFOS del SAT se mostrará como en esta imagen:



EFOS Definitivos.


Los contribuyentes EFOS Presuntos que no hayan desvirtuado los hechos que se les imputaron serán incluidos en listados publicados en la página del SAT y en el DOF considerados como Definitivos.


Pasará la lista “Contribuyentes con operaciones presuntamente inexistentes” que se ve en la ilustración anterior encontrará la lista: “Listados definitivos” como se muestra a continuación:


EFOS Desvirtuados.


Los contribuyentes EFOS “Presuntos” que sí hayan desvirtuado los hechos que se les imputaron serán incluidos en listados publicados en la página del SAT.


En el DOF considerados como “Desvirtuados” que podrá encontrar en la misma liga indicada anteriormente.

Pasará la lista: “Contribuyentes con operaciones presuntamente inexistentes” y la de “Listados definitivos”.


De Sentencia Favorable.

Los contribuyentes EFOS “Definitivos” inconformes con el oficio de resolución definitiva que interponen algún medio de defensa, el cual concluye, dejando sin efectos dicha resolución definitiva pasan a ser “Sentencia favorable” que podrá encontrar en la misma liga indicada anteriormente.


Pasará a la lista: “Contribuyentes con operaciones presuntamente inexistentes”, la de “Listados definitivos”.

En la de “Desvirtuados” que se ven en las ilustraciones anteriores encontrará la lista: “Sentencias favorables” como se muestra a continuación:


De Información Suprimida.


Hay algunos contribuyentes considerados EFOS, tanto “Presuntos” como “Definitivos” que presentaron algún medio de defensa como amparos, juicios de nulidad, etc.


Que los jueces ordenaron suprimir los datos del contribuyente de la lista de contribuyentes EFOS publicada por el SAT sin ser eliminados de dicha lista, pero en lugar de su RFC se colocan “X”, es decir: XXXXXXXXXXXX estos contribuyentes los consideramos como “Información suprimida”.